Galicia será la segunda comunidad con más banderas azules este verano

Y no lo decimos nosotros. Los datos los ha dado a conocer en el día de hoy en Madrid la Asociación de Educación Ambiental y del Consumidor (Adeac).

Galicia será la segunda comunidad con más banderas azules este verano, a pesar de obtener cuatro galardones menos, ya que cinco playas de la provincia de A Coruña, dos en Lugo y otra en Pontevedra salen del listado. Además, 15 puertos deportivos gallegos lucirán también esta enseña este verano, lo que convierte a Galicia en la cuarta comunidad en número de banderas azules en estos recintos.

En España lucirán este estandarte un total de 590 playas (11 más que el año pasado) 101 puertos deportivos y 5 embarcaciones turísticas sostenibles y mantendrá con ese número el primer puesto en esta clasificación mundial.

Por comunidades lidera el número de playas con bandera azul la Comunidad Valenciana, con 132 (3 más que en 2017), seguida de Galicia con 109 (4 menos que en 2017) y Cataluña con 101 (6 más que el pasado año).

Con respecto al número de puertos deportivos en los ondeará la bandera azul, lidera esa lista la comunidad de Cataluña (22 puertos), seguida de Baleares (20), Andalucía (16), Galicia (15) y la Comunidad Valenciana (14). Entre las nuevas banderas azules que se han concedido este año destaca la otorgada a la playa de Virgen de la Nueva, localizada en el pantano de San Juan, en la localidad madrileña de San Martín de Valdeiglesias.

PONTEVEDRA
A Guarda
O Muíño
Area Grande
Baiona
Os Frades
A Barbeira
A Concheira
A Riveira
Santa Marta
Nigrán
Praia América
Panxón
Patos
Vigo
O Vao
Argazada
Rodas (Islas Cíes)
Figueiras (Islas Cíes)
A Punta
Tombo do Gato
Fortiñón
Canido
Fontaiña
Redondela
De Cesantes (Dereita)
Moaña
Praia do Con
Cangas de Morrazo
Areabrava
Nerga
Menduiña
Melide
Areamilla
Liméns
Rodeira
Bueu
Area de Bon
Portomaior
Lagos
Lapaman
Marín
Aguete
Mogor
Portocelo
O Santo-Coviña
Poio
Cabeceira
Sanxenxo
Areas
Caneliñas
A Lanzada -O Espiñeiro
Canelas
Montalvo
Silgar
Bascuas
Major
Foxos-Nuestra Señora
de A Lanzada
Areas Gordas- A Lapas
Pragueira
Baltar
Paxariñas
Vilagarcía de Arousa
Preguntoiro
Campanario
Illa de Arousa
Area do Secada
Bao (Camaxe)
Ponte Caldelas
Playa fluvial A Calzada

A CORUÑA
Boiro
Barraña
Carragueiros
Mañons
Retorta
Barraña-Saltiño
A Ladeira do Chazo
Piñeiron
Muros
San Francisco
Dumbría
Ézaro
Camariñas
Arou
Laxe
Laxe
Ponteceso
Balarés
Ermida
Osmo
Carballo
Razo
Saíñas
Pedra do Sal
A Laracha
Caión
Arteixo
O Reiro
Barrañan
Combouzas
Valcovo
Hucha
A Salsa (Repibelo)
Sabón
A Coruña
Riazor
Orzán-Matadero
San Amaro
As Lapas
Oza
Oleiros
Bastiagueiro
Mera
Espiñeiro
Santa Cristina
Naval
Miño
Perbes-Andahío
Ferrol
Doniños
San Xurxo
Esmelle
A Fragata-Pareixal

LUGO
O Vicedo
Xilloi
Viveiro
Area
Xove
Esteiro
Cervo
O Torno
Burela
A Marosa
Ril
O Portelo
Foz
Areoura
Peizás
Llas
As Polas
Rapadoira
Ribadeo
Os Castros-Illas
As Catedrais

Información y Educación ambiental

  • Debe estar expuesta al público información sobre los ecosistemas litorales, espacios naturales sensibles y especies protegidas en esa zona costera. (Imperativo).
  • Debe estar expuesta información actualizada sobre la calidad de las aguas de baño. (Imperativo).
  • Debe estar expuesta al público información sobre la Campaña Bandera Azul. (Imperativo).
  • Las normas locales de utilización de la playa deben ser fácilmente accesibles al público y estar a su disposición cuando las soliciten. El código de conducta que debe seguirse en la playa y su entorno deberá estar expuesto en la misma. (Imperativo).
  • El Ayuntamiento debe demostrar que se ofrecen al público, como mínimo, cinco actividades de información y educación ambiental. (Imperativo).

Calidad del agua

  • Cumplimiento de los requisitos y estándares de una calidad excelente de las aguas de baño. (Imperativo).
  • Ausencia de vertidos industriales, de aguas residuales y de otro tipo de sustancias contaminantes o basuras, que pueden afectar o la playa o a su entorno (Imperativo).
  • Medidas de control de la buena salud ambiental de los arrecifes de coral próximos a la playa.
  • El municipio debe cumplir los requisitos establecidos para el tratamiento y posterior vertido de las aguas residuales urbanas. (Guía).
  • Las algas y otro tipo de vegetación en la playa no deberían recogerse en la medida en que su acumulación y podredumbre no resulten claramente molestas e insalubres. (Imperativo).

Gestión ambiental

  • Debe constituirse un Comité de Gestión de la Playa, que sea responsable de la puesta en marcha y seguimiento de los métodos y actividades de gestión ambiental de la playa y del desarrollo de inspecciones o auditorías ambientales de las instalaciones de la playa. (Guía).
  • El municipio debe contar con un plan de desarrollo y ordenación del territorio para su zona litoral. Tanto este plan, como las actividades que el municipio desarrolle en dicha zona, deben respetar la normativa vigente en materia de ordenación del territorio y protección del litoral.
  • La playa debe cumplir con toda la normativa, (legislación ambiental y planificación u ordenación de la zona litoral) aplicable a su espacio físico y a las actividades desarrolladas en ella. (Imperativo).
  • Correcta instalación, mantenimiento y vaciado regular de un número adecuado de papeleras y contenedores (Imperativo).
  • Deben existir en la playa o su entorno contenedores o infraestructuras para la recogida selectiva de residuos (Imperativo).
  • Existencia de sanitarios adecuados y limpios, sin vertidos incontrolados o ilegales de sus aguas residuales. (Imperativo).
  • En la playa no se permite el camping ni la circulación o estacionamiento de vehículos no autorizados o los vertidos de basuras. (Imperativo).
  • Prohibición-control de animales domésticos en la playa. Las leyes nacionales referentes a la limitación de perros, caballos y otros animales domésticos en la playa, deben ser estrictamente exigidos y su acceso o actividad rigurosamente controlados. (Imperativo).
  • Buen mantenimiento y apariencia de los edificios y servicios de la playa. (Imperativo).
  • El municipio promueve la utilización de medios de transporte sostenibles alternativos al vehículo privado en el área de la playa, tales como la bicicleta, el acceso a pie o el transporte público. (Guía).

Seguridad y Servicios

  • Presencia de socorristas titulados en la playa durante la temporada de baño encargados de las labores de salvamento y socorrismo y/o equipo de salvamento adecuado y claramente señalizado en la playa, incluyendo instrucciones sobre su modo de empleo, así como acceso inmediato a teléfono público. (Imperativo).
  • Equipo de primeros auxilios en la playa, fácilmente identificable y accesible. (Imperativo).
  • Señalización-control de zonas específicas para actividades incompatibles con el baño (surf, embarcaciones, patines acuáticos, etc.). Si existen espacios protegidos en el área circundante a la playa, deberán adoptarse las medidas necesarias para evitar que sean dañados como consecuencia de la práctica de tales actividades o de la incursión de vehículos en dichos espacios, desde el mar o desde la playa.(Imperativo).
  • Planes de emergencia locales y/o regionales con los que hacer frente a accidentes o desastres ecológicos (Imperativo).
  • Accesos fáciles y seguros. (Imperativo).
  • El área de la playa debe estar vigilada. (No aplicable).
  • Debe existir, al menos, un punto de agua potable en la playa. (Guía).
  • Una de las playas con Bandera Azul del municipio, como mínimo, debe poseer rampas de acceso a la playa y sanitarios para personas con discapacidad, excepto en aquellos casos en que la topografía claramente no lo permita. (Imperativo).
  • Debe exponer un plano de la playa indicando la ubicación de las diferentes instalaciones y servicios (Imperativo).

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